Unidad de Género

¿Qué es la Unidad de Género?
La Unidad de Género es un mecanismo institucional encargado de promover, de manera transversal la perspectiva de género, mediante la planeación, programación, ejecución y evaluación de programas, proyectos, normas, acciones y políticas públicas de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala, así como dar seguimiento y verificar el cumplimiento de las mismas.
Competencia
Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala art. 101 y 102
Institucionalización de una política de Igualdad entre mujeres y hombres | Atención y erradicación de la violencia por razones de género entre las personas servidoras públicas de la FGJ | Acceso a la Justicia con perspectiva de género. | Atención a las recomendaciones de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el estado de Tlaxcala. |
Transversalización de la perspectiva de género en políticas públicas de la FGJ | Atención e investigación con perspectiva de género |
Violencia contra las Mujeres
Cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público.

Comunicados
Igualdad entre mujeres y hombres
Igualdad Sustantiva
Es el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Artículo 4o.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de las familias. El Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres.
Igualdad Salarial
Es el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Igualdad de Género
Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, saludable, cultural y familiar.
Discriminación contra la Mujer
Toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.
RECOMENDACIONES GENERALES DEL COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER (CEDAW)
Recomendación general | Tema |
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Número 39 | Derechos de las Mujeres y Niñas Indígenas |
Número 38 | La trata de mujeres y niñas en el contexto de la migración mundial |
Número 35 | Violencia de género contra las mujeres, actualización de la recomendación general nº 19 |
Número 33 | El acceso de las mujeres a la justicia |
Número 19 | La violencia contra la mujer |
Seguimiento AVGMT
Contacto
FGJE Tlaxcala
Unidad de Género
Lázaro Cárdenas, La Loma Xicohtencatl, 90070 Tlaxcala de Xicohténcatl, Tlax.atencionciudadana@fgjtlaxcala.gob.mx
246 46 50500, ext. 13051